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Foto del escritorAnderson J. Chicon

Como declarar las retenciones del 27% de ISR en servicios adquiridos del exterior

Actualizado: 5 may 2022


Pagos al exterior en la República Dominicana, retención en la fuente.


En la legislación dominicana más específicamente en el articulo 305 del código tributario se establece que cuando un contribuyente dominicano adquiera servicios de empresas extranjera le deberá realizar una retención del 27%, de manera textual el articulo dice:


Salvo que se disponga un tratamiento distinto para una determinada categoría de renta, quienes paguen o acrediten en cuenta rentas gravadas de fuente dominicana a personas físicas, jurídicas o entidades no residentes o no domiciliadas en el país, deberán retener e ingresar a la Administración, con carácter de pago único y definitivo del impuesto, la misma tasa establecida en el artículo 297 del presente Código Tributario.

Ley 11-92 Artículo 305.

(Modificado por la Ley 253-2012, de fecha 09 de noviembre del 2012)

Pagos al exterior en general.


Para dar cumplimiento a esta normativa el contribuyente deberá realizar los siguientes envíos y declaraciones juradas:


En el formulario 609 (Formulario de envío de pagos al exterior):

En este formulario vamos a detallar la transacción que hemos realizado y el impuesto sobre la renta retenido.

  1. Indicaremos el Nombre, ID-Tributario, Tipo de ID y el país de procedencia de quien nos brinda el servicio.

  2. Detallaremos el tipo de servicio (según clasificación 606) y el servicio adquirido.

  3. Diremos si el prestador es parte relacionada, el número de documento y la fecha del mismo.

  4. Desglosaremos el monto facturado, la fecha de retención de ISR, la renta presunta y el ISR Retenido.

  5. Validaremos en formato y lo enviaremos a la DGII.


En el formulario 606 (Formulario de envío de compras y gastos):

En este formulario vamos a enviar el gasto la transacción que hemos realizado.

  1. Usaremos nuestro RNC como identificador en el formato.

  2. Seleccionaremos el tipo de servicio adquirido (usar como guía el puesto en el 609).

  3. Debemos emitir un Comprobante para pagos al exterior B17 y colocamos la fecha.

  4. En el monto facturado por servicios debemos incluir el monto total sin colocar la retención de ISR.

  5. En la última casilla colocar la forma de pago.


En el IR-17 (Declaración jurada y/o pago de otras retenciones y retribuciones complementarias):

En este formulario de declaración jurada vamos a reportar la retención de ISR realizada al exterior.

En la casilla 10 (Remesas al exterior) de formato debemos colocar el monto total para que el formato calcule la retención del 27%.

En la casilla 11 (Remesas al exterior por acuerdos especiales) del formato colocaremos las retenciones cuando sean realizadas por acuerdos especiales. (en este caso debemos nosotros colocar cual es el % de retención)

La República Dominicana tiene acuerdos especiales con el Reino de España y con Canadá, en el caso de servicios desde España la retención es del 10% y en el caso de Canadá la retención es del 18%.


Al pagar esta retención a mas tardar el decimo día del mes siguiente al que se realizo la retención, y con tiempo de hasta 15 días para enviar el 606 y 609 se cumple con los requerimientos fiscales de las retenciones de ISR por servicios adquiridos del exterior.


Por

Anderson Chicon

Socio Director de Anchi Advisors.

849-607-8066




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