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Foto del escritorAnderson J. Chicon

B01 Comprobante de crédito fiscal

Actualizado: 5 may 2022

También nombrados Facturas que Generan Crédito y Sustentan Costos y/o Gastos es el tipo de comprobante fiscal que se debe emitir en la transferencia de bienes y servicios entre 2 contribuyentes donde el comprador va a realizar el reporte de la factura para adelantar ITBIS y sustentará un costo o un gasto, el vendedor también deberá reportar esta venta para no crear una inconsistencia con lo presentado por el cliente.


El comprador enviará la factura en su 606 y el vendedor la enviará en el 607.


Cuando el comprador sea una institución gubernamental o una zona franca se deberán utilizar otros comprobantes como el B14 Comprobante especial o B15 Comprobante Gubernamental.


Para ver todos los tipos de comprobantes ver este artículo.


El B01 es igual al E31 Factura de Crédito Fiscal Electrónica solo que este NCF no se emite de forma electrónica.


Al momento de recibir un NCF de crédito fiscal lo recomendable es introducir este número con Registro Nacional de Contribuyente RNC en la sección de consulta de NCF en la DGII para validar que nos están emitiendo una factura valida para realizar el crédito fiscal ya sea adelanto de IBTIS o sustentar gastos.


Para poder emitir NCF de crédito fiscal antes de poder solicitar los comprobantes fiscales se debe realizar un procedimiento llamado Alta de comprobantes fiscales, este proceso se solicita en la oficina virtual en la sección: Solicitar tramites allí seleccionamos alta de comprobantes y luego se colocan los datos de la empresa y el representante además de adjuntar evidencias de la actividad comercial registrada, el procedimiento luego de esto es que un oficial de la DGII visitará su negocio para validar su actividad, en muchas ocasiones no se realiza la visita cuando la evidencia aportada es contundente.


Los NCF de crédito fiscal que la DGII nos autoriza a emitir tienen un periodo de vencimiento de 2 años calendario dígase todos los NCF de crédito fiscal que nos autoricen a utilizar durante año se vencerán el 31 de diciembre del año siguiente.


Cuando un NCF se vence sin poder utilizarlo debemos enviar la secuencia no utilizada en el formato de envío 608.


Además como vimos en la entrada de la norma 06-10 aunque tengamos una factura de gastos con NCF de crédito fiscal a la hora de realizar el pago se debe utilizar uno de los medios de pago del sistema financiero regulado dominicano para que el gasto sea válido cuando el monto a pagar sea mayor de 50,000 pesos.


Otras entradas recomendadas:

Impuesto a la transferencia de bienes y servicios ITBIS (VAT)

Como descargar, llenar y enviar el formato 606

Como reportar la retención del 27% en pagos al exterior.


Estructura del comprobante fiscal:


Estructura del comprobante fiscal:




Por Anderson Chicon

Socio Director de Anchi Advisors.

849-607-8066

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